Las compañías distribuidoras de energía eléctrica, las distribuidoras de gas, las telefónicas y los bancos son algunas de las empresas españolas que en la última década han comenzado a pagar un canon a partir de legislaciones que gravan el uso con fines de lucro del espacio comunitario. En Madrid, esperan recaudar este año 18 millones de euros sólo por un impuesto a la telefonía fija que rige desde junio de 2017. En la Argentina se había fijado un impuesto similar en 2001 para las empresas que utilizaban cableados, ondas o tendidos subterráneos, pero el lobby empresario logró que el ex presidente Fernando de la Rúa lo vetara.
El Tribunal Supremo español (equivalente a la Corte Suprema argentina) considera que es justo que los municipios cobren impuestos al uso del espacio común dado que “no se trata de gravar un suelo rústico de uso agropecuario, sino la utilidad que le reporta al sujeto pasivo la utilización privativa o el aprovechamiento especial del mismo, con exclusión de los demás, para una actividad netamente industrial “. Con esa premisa, muchos ayuntamientos han comenzado a emitir sus propias ordenanzas para recibir la contraprestación por un uso que hasta ahora no había sido contemplado.
El concejal de La Carlota, Javier Mengual, en la provincia española de Córdoba, defendía en marzo de 2017 la lucha judicial que había entablado el ayuntamiento contra las compañías de electricidad y gas, que se oponían al gravamen: “Es una iniciativa justa y ajustada a derecho para recabar fondos públicos de quienes obtienen un beneficio del espacio público del pueblo. Es una contraprestación para la población que debe llegar a la ciudadanía».
Los reclamos empresarios han sido la norma desde que los gobiernos locales comenzaron a tratar de cobrar por el uso lucrativo del espacio público. No obstante, los tribunales tienden a darles la razón a las comunidades. Así es como sucesivas resoluciones judiciales obligaron a las empresas de telefonía móvil de Madrid a pagar casi 34 millones de euros a la comuna por sus actividades entre 2013 y 2015.
Otro de los rubros que ha comenzado a tributar es el uso de la vía pública para instalar cajeros automáticos de bancos. Hay 20 ciudades españolas que han implementado este canon y varias más con la intención de percibir ese pago. Barcelona, Sevilla, Bilbao, Palma de Mallorca y Madrid, son algunas de las ciudades que lo aplican.
Una vez más, el Tribunal Supremo dio el visto bueno para que ese impuesto pueda concretarse en un fallo de 2009 que concluía: «La instalación de cajeros automáticos implica una utilización física del dominio público, ya que el cajero no es susceptible de ser utilizado con su mera visión, sino que exige una parada física ante él para realizar operaciones».
Pese a que se trata de gravámenes de montos pequeños para una actividad que obtuvo beneficios por 11.300 millones de euros en 2016, la Asociación Española de Bancos (AEB) se muestra contraria a este tipo de tasas y considera trasladársela a los clientes. En declaraciones a ElDiario.es el vocero patronal José Luis Martínez Campusano pintó un panorama curiosamente dramático: «La AEB no está de acuerdo con gravar el uso de los cajeros automáticos instalados en la calle con una tasa, pues implica encarecer un servicio básico como es el acceso al dinero en efectivo. Con esta medida, se desincentiva también la inversión en este tipo de instalaciones que facilitan en gran medida la inclusión financiera».
En Argentina
Un fallo de 1997 liberó a las empresas telefónicas argentinas de la posibilidad de que se gravara el uso que hacen del espacio público. Esa exención estaba contemplada en la Ley Nacional de Telecomunicaciones aprobada durante el gobierno de Carlos Menem. En el artículo 39 se establecía que el Estado Nacional eximía a las empresas del pago de ese tipo de impuestos.
No obstante, en 2001 el Congreso aprobó una modificación que obligaba al canón por el uso público. El lobby empresario no pudo impedir la sanción de la nueva norma, pero logró que el entonces presidente Fernando de la Rúa vetara la ley y dejara sin efecto la medida.
El tema fue retomado en 2012 por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, que en una reunión con intendentes de todo el país reflotó el tema y prometió implementar un gravamen del 2 por ciento sobre el monto de las facturas de los servicios públicos a las empresas que usaran tanto el cableado subterráneo como el tendido aéreo o la transmisión por ondas.
La idea nunca se puso en práctica y las empresas que usufructúan el espacio público siguen eximidas de cualquier pago en la Argentina.
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